Los registros de solvencia patrimonial o de morosos están constituidos para compartir información sobre la solvencia de las personas o empresas, pero en la gestión de este tipo de información se han de observar ciertas garantías, como haber recibido una reclamación formal de la deuda antes de proceder a la inclusión de su condición de moroso en el fichero.
Si Ud. ha sido incluido en el ASNEF o en cualquier otro registro de morosos indebidamente por considerar que ha saldado ya la deuda o que nunca ha sido deudor solicite información al ASNEF mediante el correo electrónico de su página (sac@equifax.es), indicando que desea ejercer el derecho de acceso a los datos que le consten referidos a su persona y acompañando copia del DNI. Al cabo de 15 días recibirá en su domicilio una carta con las incidencias que Ud. presente en el fichero, entre las cuales se mencionará a instancia de quién está Ud. incluido, qué deuda se le reclama y quién ha consultado el registro y, por tanto, accedido a su información.
Sepa que la mera inclusión injustificada en un registro de morosos se considera una lesión del derecho constitucional al honor y por tanto Ud. puede pedir una indemnización que oscila entre 600€ y 1500€ en función del tiempo durante el cual se ha mantenido la información errónea, la difusión que ha alcanzado la misma o de si se le ha denegado algún servicio o crédito como consecuencia de estar indebidamente incluido en el registro.
Además, podrá reclamar otros daños económicos o morales que Ud. pueda acreditar.
A TENER EN CUENTA
Si Ud. considera que se le ha incluido indebidamente en un fichero de morosos, bien porque nunca ha debido nada, porque ha saldado total o parcialmente la deuda o porque no se le ha reclamado con carácter previo a la inclusión sepa que puede solicitar una indemnización por la vulneración de su derecho fundamental al honor. Si lo desea, póngase en contacto a través del formulario y le indicaremos los pasos a seguir.